La Prestación económica por parto o adopción múltiples es un beneficio otorgado por el gobierno de España a las familias que adoptan o tienen dos o más hijos a la vez. El objetivo es ayudar financieramente al beneficiario.
- Prestación económica por parto o adopción múltiples
- Hijos que dan derecho a la prestación
- ¿Cuáles son las compatibilidades o incompatibilidades del beneficio?
- ¿Cuál es la cantidad recibida por el beneficio?
- ¿Cómo se realiza la gestión y el reconocimiento del derecho?
- Prestación económica por parto o adopción: ¡Sepa cómo solicitar!
- Prestación económica por parto o adopción
- ¿Cuál es el valor de la Prestación económica por parto o adopción?
- ¿Qué documentos se requieren para la solicitud?
- Para aquellos que no pertenecen a la UE, EEE o Suiza
- ¿Cómo solicitar la Prestación económica por parto o adopción?
- FAQ – Preguntas Frecuentes
Prestación económica por parto o adopción múltiples
La Prestación económica por parto o adopción múltiples es un beneficio de pago único que está destinado a compensar el aumento de los gastos cuando una pareja adopta más de un niño o tiene un parto múltiple.
Para tener derecho al beneficio, los padres o los adoptantes deben vivir juntos, y cualquiera de ellos será el beneficiario del acuerdo mutuo. En caso de falta de acuerdo, el beneficiario será la madre.
Además, es esencial residir en España, y la fecha límite máxima para proporcionar la decisión y notificar a la parte interesada es de 45 días. Recordando que el derecho y el reconocimiento del beneficiario prescriben después de 5 años.

PRESTACIÓN POR PARTO O ADOPCIÓN
Hijos que dan derecho a la prestación
Para tener derecho al beneficio, el número de nacidos o adoptados debe ser igual o mayor que dos. Recordando que si uno de los niños se ve afectado por una deficiencia del 33% o más, se le pagará dos veces a los padres.
Sin embargo, en el caso de un solo niño con discapacidades, los padres no tendrán derecho al beneficio. Además, el nacimiento o la formalización de la adopción deben ocurrir en España. Por lo tanto, es esencial que los padres vivan en el país.
Otro punto importante es que para tener derecho al beneficio no puede tener derecho a la misma naturaleza en ningún otro régimen de protección social pública. De lo contrario, el beneficio será invalidado.
¿Cuáles son las compatibilidades o incompatibilidades del beneficio?
Un punto importante a destacar es que el subsidio recibido es compatible con el de una familia grande y monoparental o por el padre y la madre con discapacidades, así como los subsidios económicos por parte de los niños o los menores de edad dependientes.
Es de destacar que el beneficio es incompatible si los padres o los adoptantes son beneficiarios de cualquier otro beneficio similar establecido en otros regímenes públicos de protección social.
Además, cuando uno de los progenitores o adoptantes está incluido por su actividad realizada como pensionista, se reconocerá el beneficio correspondiente de este régimen, siempre que cumplan con los requisitos necesarios.

¿Cuál es la cantidad recibida por el beneficio?
El monto del beneficio puede variar según el número de niños. Sin embargo, en todos los casos la prestación consiste en un pago único. Para aquellos que tienen dos hijos, el valor es equivalente a 4 salarios mínimos interprofesionales. Actualmente esto corresponde a 4,320 euros.
Si el número de niños nacidos es de 3 años, entonces el número de salarios interprofesionales aumenta a 8, es decir, el beneficiario recibirá 8,640 euros. Finalmente, si el número de niños es de 4 o más, el valor aumenta a 12 salarios, equivalente a 12,960 euros.
¿Cómo se realiza la gestión y el reconocimiento del derecho?
Una vez que se presentan los documentos, así como la solicitud al INSS completada, el procedimiento comenzará. Vale la pena mencionar que puede comenzar presentando la solicitud de reconocimiento del grado de discapacidad realizado por el organismo competente.
En cualquier caso, el tratamiento obedecerá las disposiciones de la ley 39/2015 del 1 de octubre sobre el procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Es importante decir que en ningún caso el solicitante deberá presentar hechos.
La propia Administración del Seguro Social hará la investigación y lo sabrá. Posteriormente, el Director Provincial del INSS emitirá una resolución expresa y notificará a la parte interesada dentro de los 45 días.
Como anticipamos al comienzo de este artículo, el derecho al reconocimiento del beneficio prescribe después de 5 años. Esto desde el día después de la ocurrencia del hecho causal. Por lo tanto, es importante prestar mucha atención a esto.
Prestación económica por parto o adopción: ¡Sepa cómo solicitar!
La Prestación económica por parto o adopción en España es un beneficio monetario otorgado por el gobierno para ayudar a las familias que tienen dos o más hijos nacidos o adoptados simultáneamente, compensando parte de los gastos asociados.

Prestación económica por parto o adopción
La Prestación económica por parto o adopción es un beneficio ofrecido para compensar, en parte, el aumento en el gasto de las familias con el nacimiento o la adopción simultánea de dos o más hijos.
Los pagos son hechos en una cuota única y está disponible para padres o adoptantes que cumplan con los requisitos necesarios.
El número mínimo de niños es dos, pero si alguno de ellos tiene una deficiencia del 33% o más, la cuota se duplicará. Además, el niño debe haber nacido o adoptado en España.
¿Cuál es el valor de la Prestación económica por parto o adopción?
El valor depende del número de niños nacidos o adoptados simultáneamente. Si hay dos niños, el valor será cuatro veces el monto mensual del salario mínimo interprofesional (SMI).
Para tres niños, la cantidad mensual de SMI será ocho veces, y para cuatro o más niños, será 12 veces el valor mensual de SMI. El pago se realiza en una sola cuota. Vale la pena mencionar que si los padres tienen o adoptan un solo niño, no tendrán derecho al beneficio.
Además, el beneficio tampoco se otorga a los padres o adoptantes que ya son beneficiarios de cualquier otro tipo de beneficio similar establecido en otros regímenes de protección social pública.
¿Qué documentos se requieren para la solicitud?
Para solicitar la prestación económica por parto o adopción, es necesario presentar una serie de documentos originales y vigentes, que varían según la situación de cada solicitante.
Los ciudadanos españoles deben presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) del solicitante y el otro padre o adoptante. Los ciudadanos extranjeros deben presentar un certificado de registro ciudadano de la Unión Europea o un certificado de derecho a residir permanentemente en España.
Junto con estos documentos, debe presentar un documento de pasaporte o identidad en vigor, a ciudadanos de la UE, EEE o Suiza.
Los miembros de la familia de un ciudadano UE/EEE/Suiza que no tienen la nacionalidad de uno de estos estados, es necesario presentar una tarjeta de residencia familiar de un ciudadano de la Unión Europea o un recibo que demuestre la solicitud de la tarjeta.
Para aquellos que no pertenecen a la UE, EEE o Suiza
Para los ciudadanos que no pertenecen a la UE/EEE/Suiza que residen en España, es necesario presentar una tarjeta de identidad extranjera (TIE) a los solicitantes, otros progenitores y una autorización de residencia causal o temporal o permanente, según sea el caso.
También debe presentar la solicitud de tarjeta o permiso de residencia para niños nacidos en España de ciudadanos que no pertenecen a la UE/EEE/Suiza. En todos los casos, se debe presentar el número de identidad extranjera (NIE).
Otros documentos necesarios
Además de lo que estamos hablando, debes presentar el certificado de empadronamiento de beneficiarios y causantes (sólo en los casos previstos en RD 523/2006, del 28 de abril) y el libro o certificado familiar en el extracto de certificados de nacimiento infantil, emitido por el registro civil correspondiente.
Aparte de eso, si el solicitante está en una de las siguientes situaciones, es necesario presentar los documentos adicionales:
- En caso de separación o divorcio judicial: es necesario presentar una sentencia judicial que demuestre estas situaciones o un documento que establezca la custodia de los niños.
- En caso de niños con discapacidades: se requerirá un título de minusvalía emitido por el IMSERSO o el organismo competente de la comunidad autónoma.
- En el caso de la tutela: es obligatorio presentar una resolución judicial que constituya la tutela.

¿Cómo solicitar la Prestación económica por parto o adopción?
Para solicitar la Prestación económica por parto o adopción, es necesario completar un formulario de solicitud y presentar la documentación necesaria que demuestre la identidad y las circunstancias que determinan el derecho de beneficio.
La solicitud puede enviarse a través de la plataforma en línea de Seguro Social si el solicitante tiene un certificado digital o CL@VE permanente. De lo contrario, la solicitud debe hacerse por correo o en un Centro de Atención e Información del Seguro Social (CAISS).
La fecha límite máxima para presentar la solicitud es de cinco años a partir del día siguiente al nacimiento o la adopción simultánea de niños. La resolución de la solicitud debe emitirse dentro de los 45 días posteriores a la fecha de la solicitud.
Ver otros artículos
- Becas y Ayudas en España: Oportunidades para el Futuro
- Tarjeta Social Digital – Todo lo que necesitas saber
FAQ – Preguntas Frecuentes
¿Qué es la Prestación económica por parto o adopción múltiples en España?
Es un beneficio otorgado por el gobierno español a las familias que adoptan o tienen dos o más hijos al mismo tiempo para ayudarlas financieramente.
¿Qué requisitos deben cumplir los padres o adoptantes para tener derecho a la prestación económica?
Deben vivir juntos y cualquiera de ellos será el beneficiario del acuerdo mutuo. En caso de falta de acuerdo, la madre será la beneficiaria. Además, es esencial residir en España y el número de nacidos o adoptados debe ser igual o mayor que dos.
¿Cuánto dinero se recibe por la prestación económica?
El monto del beneficio puede variar según el número de hijos. Para aquellos que tienen dos hijos, el valor es equivalente a 4 salarios mínimos interprofesionales, actualmente esto corresponde a 4,320 euros. Si el número de niños nacidos es de 3 años, entonces el número de salarios interprofesionales aumenta a 8, es decir, el beneficiario recibirá 8,640 euros. Finalmente, si el número de niños es de 4 o más, el valor aumenta a 12 salarios, equivalente a 12,960 euros.
¿Cómo se realiza la gestión y el reconocimiento del derecho?
Una vez que se presentan los documentos, así como la solicitud al INSS completada, el procedimiento comenzará. La propia Administración del Seguro Social hará la investigación y lo sabrá. Posteriormente, el Director Provincial del INSS emitirá una resolución expresa y notificará a la parte interesada dentro de los 45 días.
¿Cuáles son las compatibilidades o incompatibilidades del beneficio?
El subsidio recibido es compatible con el de una familia grande y monoparental o por el padre y la madre con discapacidades, así como los subsidios económicos por parte de los niños o los menores de edad dependientes. El beneficio es incompatible si los padres o los adoptantes son beneficiarios de cualquier otro beneficio similar establecido en otros regímenes públicos de protección social.
¿Cuál es la fecha límite para proporcionar la decisión y notificar a la parte interesada?
La fecha límite máxima para proporcionar la decisión y notificar a la parte interesada es de 45 días.
¿Qué sucede si uno de los niños tiene una deficiencia del 33% o más?
Si uno de los niños se ve afectado por una deficiencia del 33% o más, se le pagará dos veces a los padres. Sin embargo, en el caso de un solo niño con discapacidades, los padres no tendrán derecho al beneficio.